Todo accidente en el trabajo abre la posibilidad de que el trabajador pueda
cobrar una indemnización, pero solo muy pocos trabajadores saben como iniciar el
trámite
Todo trabajador tiene derecho a una indemnización ante un accidente grave en el trabajo (Foto: GCBA)

Las aseguradoras de riesgos en el trabajo son seguros que contratan los
empleadores para garantizar la seguridad de sus trabajadores durante la
jornada laboral. Todo trabajo tiene riesgos en su actividad, sea tanto de
manera activa físicamente como pasiva.
Por ejemplo, un trabajador en una oficina también tiene riesgos de contraer alguna lesión o enfermedad profesional, lo que se considera una afección en su cuerpo debido a una determinada postura o lesión producto de una actividad llevada a cabo en el trabajo. También, por ejemplo un policía tiene el riesgo de sufrir alguna lesión estando en la calle o ejerciendo su profesión en alguna circunstancia de conflicto.
Por ejemplo, un trabajador en una oficina también tiene riesgos de contraer alguna lesión o enfermedad profesional, lo que se considera una afección en su cuerpo debido a una determinada postura o lesión producto de una actividad llevada a cabo en el trabajo. También, por ejemplo un policía tiene el riesgo de sufrir alguna lesión estando en la calle o ejerciendo su profesión en alguna circunstancia de conflicto.
Estas lesiones hacen que se le genere un perjuicio al trabajador, impidiéndole de
poder realizar su acitividad con normalidad luego del suceso. Y esta perdida del
ejercicio laboral del trabajador crea el derecho a una indemnización por
parte de esta aseguradora que tiene la obligación de contratar el trabajador.
¿Qué es una aseguradora de riesgo de trabajo?
Es un seguro que debe contratar el empleador y está obligado a hacerlo ya que
así lo establece la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo en su artículo 2
donde se indica "la obligatoriedad del sistema de riesgos del trabajo". Y en
su artículo 3 se "determina que todos los empleadores deben afiliarse a una
ART o autoasegurarse (si cumplen ciertos requisitos)".
De esta manera, todos los trabajadores que realicen una actividad de
dependencia están garantizados en su seguridad mientras ejerzan su actividad
laboral no solo dentro del establecimiento laboral, sino también en su viaje
de regreso a su casa como de ida al trabajo.
El abogado especialista en Accidentes Laborales, Dr. Acosta Danaher, atiende situaciones de este tipo tanto en Capital Federal como en Provincia de Buenos Aires, para quienes requieran una entrevista de manera personalizada tanto presencial como a través de videollamada por medio del su nro. de teléfono 11-2167-9936.
¿Qué tipo de indemnización me correspondería?
La Ley de Riesgos del Trabajo establece diferentes tipos de coberturas e
indemnizaciones. Algunas pueden ser mucho más cuantiosas, dependiendo de la
gravedad. Por ejemplo, la aseguradoras de riesgos de trabajo (ART) cubren:
Atención médica y farmacológica, rehabilitación y prótesis, internación y
cirugías, reintegro de gastos de traslado y recalificación profesional si el
trabajador queda con secuelas.
¿Cuánto dinero puedo recibir por un accidente en el trabajo?
La indemnización, por obvias razones dependerá del grado de incapacidad de la
persona, el sueldo que percibe y la edad. Por ejemplo, si un trabajador de 40
años con sueldo de $500.000 tiene un accidente que lo deja con una incapacidad del 53% podría percibir una indemnización de $66.253.993. O si la incapacidad es parcial y menos
del 66%, se le pagaría un porcentaje según el grado de discapacidad.
Si el accidente es con incapacidad parcial, este se paga
según el porcentaje de discapacidad. Por ejemplo, si la incapacidad es menor al 50%, se
paga un monto único. Si es entre 50% y 66%, el trabajador puede elegir entre
pago único o renta de manera mensual. Se paga también el gasto de sepelio, en caso de corresponder
Dependiendo del sueldo, el cálculo podría ser mayor. Con un sueldo de: $500.000: Se podría cobrar hasta $60 o $70 millones aproximadamente dependiendo del grado de incapacidad. Y con un sueldo de $1.000.000: Se podría cobrar $120 a $140 millones, también dependiendo del grado de incapacidad. Esto
sin contar los intereses, ya que pueden elevar la suma.
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