El reciente marco reglamentario habilita la creación de un Fondo de Cese
Laboral, que ofrece una alternativa a las tradicionales indemnizaciones por
despido, dejando su implementación sujeta a convenios colectivos de trabajo.
¿Qué cambia para empleadores y trabajadores?
Nueva ley laboral: ¿Cómo cambiarán las indemnizaciones por despido? (Foto: GCBA)
El nuevo Fondo de Cese Laboral surge como una opción para reemplazar
las tradicionales indemnizaciones por despido. Este sistema, diseñado para
otorgar mayor flexibilidad, fue formalizado en la reciente reglamentación de
la reforma laboral contenida en la Ley Bases. La norma establece un
esquema que las empresas y los trabajadores podrán adoptar voluntariamente, en
el marco de los convenios colectivos de trabajo, permitiendo optar por
un sistema diferente al que regula actualmente la
Ley de Contrato de Trabajo.
Uno de los puntos centrales de la reglamentación, publicado esta semana en el
Boletín Oficial, es que permite a las partes acordar un mecanismo alternativo
al régimen tradicional de indemnizaciones. De acuerdo con el artículo 6° de la
norma, empleadores y trabajadores podrán sustituir la indemnización por
antigüedad establecida en el artículo 245 de la Ley 20.744, aplicable a
diversas situaciones de cese laboral.
Este nuevo fondo tiene el objetivo de implementar un esquema similar al
vigente en el sector de la construcción, adaptando el sistema a otros sectores
productivos. De este modo, se busca incentivar a cada industria a diseñar su
propio modelo de retiro laboral, contemplando tanto las condiciones de
la extinción del contrato como las modalidades de pago.
En cuanto a las modalidades de indemnización, el fondo deberá estipular las
causas que habiliten el pago de una prestación dineraria al trabajador cuando
se extinga la relación laboral. Además, la normativa prevé diferentes opciones
para establecer montos y condiciones de pago, permitiendo que los convenios
colectivos definan si el pago se efectuará a través de seguros colectivos o
individuales, o mediante un fondo de cese.
Un aspecto relevante es que la reglamentación introduce una protección
especial para los trabajadores despedidos sin causa, garantizando un
tratamiento diferencial en estos casos. Así, el empleador y el
trabajador podrán acordar, al inicio de la relación laboral, si se regirán por
este nuevo sistema o mantendrán el esquema indemnizatorio vigente.
Es importante destacar que este sistema es voluntario y será implementado solo
si las partes lo acuerdan en los convenios colectivos. Además, la normativa
establece que la opción tomada por el trabajador y el empleador solo puede ser
modificada por acuerdo escrito entre ambos.
Los convenios colectivos podrán adoptar diferentes versiones del
Fondo de Cese Laboral, adaptadas a las características y necesidades de
cada sector, pero siempre respetando los parámetros establecidos en la
reglamentación. En el caso de relaciones laborales que se hayan iniciado antes
de la implementación del fondo, las partes podrán optar por cambiarse al nuevo
sistema mediante acuerdo mutuo.
En cuanto a la administración del fondo, el artículo 11° establece que este
podrá gestionarse a través de
cuentas bancarias, fondos comunes de inversión, o fideicomisos
financieros, permitiendo una amplia variedad de opciones según las necesidades
del sector. Además, el empleador podrá realizar aportes mensuales a cuentas
bancarias especiales, que reemplazarán la indemnización tradicional prevista
en la Ley de Contrato de Trabajo.
Finalmente, el artículo 12° aclara que estos aportes mensuales a las cuentas
de cese tendrán carácter de cancelación definitiva, es decir, una vez
realizados, se considerarán como la indemnización correspondiente. Esto busca
evitar conflictos legales futuros y proporcionar una mayor previsibilidad
tanto a trabajadores como empleadores.
Esta reforma, que ha sido objeto de intensas negociaciones entre el Gobierno,
el sector empresario y los sindicatos, fue presentada como una
herramienta clave para reducir la incertidumbre laboral y el costo que
representan las indemnizaciones. Según el economista Federico Sturzenegger,
esta medida permitirá "redefinir la naturaleza de la relación laboral" en un
aspecto tan sensible como la indemnización, que ha sido históricamente
una fuente de conflictividad en el mercado laboral argentino.
El gran desafío será ahora la implementación efectiva de este sistema, y cómo
los sectores más conservadores del sindicalismo y el empresariado adaptarán
este nuevo modelo a sus necesidades.
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