3 razones por las que te pueden rechazar el crédito de ANSES de hasta $ 1 millón

En esta nota te contamos cuales son las principales razones por las que te pueden rechazar el crédito de un millón de pesos en ANSES.


Para solicitar el crédito, el tramite debe gestionarse mediante la plataforma en línea de ANSES, ya sea a través de su página web o la aplicación, durante el horario de 10:00 a 20:00 horas.

Los pasos a seguir son los siguientes: Poseer la Clave de la Seguridad Social. En caso de no contar con ella, es posible generarla desde una computadora o teléfono móvil a través de Mi Anses, utilizando el CUIL y el número de trámite del DNI. Acceder a Mi Anses utilizando el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.


Luego, seleccionar la opción "Créditos trabajadores en relación de dependencia". Este proceso también puede llevarse a cabo mediante la aplicación Mi Anses en un dispositivo móvil.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha anunciado un incremento de hasta un millón de pesos en la línea de créditos destinados a trabajadores con empleo dependiente. Se encontrará disponible para solicitar tanto por jubilados y pensionados como por trabajadores, con el objetivo de brindar apoyo tanto para la reducción de deudas como para fomentar el consumo.

Tras este anuncio, surge la pregunta sobre quiénes pueden acceder a los créditos ANSES de hasta un millón de pesos y cuáles son los requisitos a cumplir. A partir del 6 de noviembre, los empleados en relación de dependencia con salarios que no superen los 1.980.000 pesos (siguiendo el nuevo límite del Impuesto a las Ganancias) pueden solicitar préstamos de hasta un millón de pesos.


Es importante señalar que estos préstamos no pueden exceder el 20% del ingreso mensual del solicitante y pueden ser reembolsados en un plazo de hasta tres años, con el primer pago programado para los tres meses siguientes a la obtención del préstamo.

La Tasa Nominal Anual (TNA) se verá reflejada en el detalle de la operación, y se ofrecen opciones de devolución en 24, 36 o 48 cuotas, equivalentes a periodos de 2, 3 y 4 años, respectivamente.

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